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Comunicado: La violencia simbólica prepara, instiga y justifica la violencia física

El Consejo Asesor de Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI) expresa su profunda preocupación por la instigación a la violencia que el periodista Jorge Lanata realizó en su programa de radio matinal del 29 de mayo pasado, al convocar a niños a hostigar o “escrachar” a otros niños. Tales manifestaciones son opuestas a las recomendaciones que especialistas y la recientemente sancionada Ley 26.892 sobre Convivencia y Abordaje de la Conflictividad Social en las Instituciones Educativas, señalan para evitar el “bullying” o acoso escolar, que consiste en el maltrato o agresión de un grupo de estudiantes sobre otro/s.

Entre otros principios orientadores, la citada Ley en su Artículo 1 Inciso e) especifica: “La resolución no violenta de conflictos, la utilización del diálogo como metodología para la identificación y resolución de los problemas de convivencia.”

Condenamos que la libertad de expresión de la que gozamos actualmente en nuestro país sea confundida con el ejercicio de la violencia simbólica como dispositivo semántico dirigido a preparar, impulsar y justificar la violencia física contra una o más personas, y que constituye una gravedad mayor si es contra niños y niñas.

Este dispositivo ideológico apunta a confundir a la sociedad e infundirle odio y violencia, con el fin de volverla en contra del gobierno y las instituciones democráticas. La erosión de la cultura de la democracia, sustentada en el diálogo racional, por la violencia simbólica irracional no es inocua ni circunscrita al espacio mediático, sino que tiene consecuencias en las prácticas sociales. Es sabido que la naturalización de la violencia como una forma de las relaciones humanas encuentra refugio fértil e instigador en el lenguaje, sea éste oral, escrito, y/o audiovisual.

Mayor gravedad reviste esta situación cuando se produce en el horario Apto para Todo Público, mediante la cual se instiga a los niños y niñas a tomar partido por el violento y se interpela e instiga a los compañeros de los hijos de los jueces para que produzcan un acto de hostigamiento o acoso, mediante un léxico soez, agresivo e insultante para cualquier audiencia, máxime si en ella se encuentran niños, niñas y adolescentes.

Celebramos la libertad de expresión y de prensa sin censura previa que existe en nuestro país, constituida en la libre expresión de todos los ciudadanos así como de periodistas y medios de comunicación. La libertad de expresión como un derecho constituye un bien social que no debe ser utilizado para satisfacer intereses espurios de algunos individuos o grupos en desmedro del resto de la sociedad. Pero tal derecho conlleva responsabilidades ulteriores como lo señalan los Artículos 2 y 3 y sus respectivas notas, de la Ley 26.522, que reafirman el compromiso con lo dispuesto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Declaración de Principios de Octubre de 2000 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Tal incitación configura una vulneración de los derechos del público que la Ley 26.522 protege, y en particular, de los Derechos del Niño, también amparados por convenciones internacionales que tienen rango constitucional en nuestro país. Y vulnera además los Artículos 212 y 213 bis del Código Penal, los cuales fijan penas a “el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola incitación” (Artículo 212), y a “el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que (…) tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación.” (Artículo 213 bis).

Por los motivos arriba expuestos, solicitamos a las autoridades de la AFSCA, del INADI y de la Defensoría del Público, adopten las medidas correspondientes según lo establecido por las leyes vigentes.

CONSEJO ASESOR DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Y LA INFANCIA