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Exposición mediática de niñas y niños

declaración 5-8-21

Los derechos de los que son titulares niñas y niños de muy corta edad respecto de su imagen e intimidad deben ser tenidos en cuenta al momento de someterlos a una exposición mediática sobre la cual, como es obvio, no pueden decidir. Son situaciones en las que las y los adultos resuelven según sus necesidades, propósitos e intereses.

Estas circunstancias involucran a hijas e hijos de personas conocidas por su permanente aparición en medios de comunicación. Estas niñas y niños son tomados como objeto de interés mediático por sus madres y padres y en diversos espacios de programación, en especial los dedicados a entretenimiento y espectáculos.

La normativa vigente no pone límites de edad sobre el derecho a la preservación de la intimidad de las personas y su derecho a cuidar su identidad e imagen.

En varios países, adolescentes, jóvenes y adultos/as debieron luchar incluso mediante procesos judiciales para que dejara de ser exhibida y usada su imagen cuando tenían muy corta edad, simplemente porque no querían o porque sufrían algún tipo de riesgo u hostilidad, por haber sido o ser “famoso/a” o pertenecer a una familia o grupo que presume esa condición.

El hecho de que, por edad, nivel de desarrollo y experiencias, niñas y niños no pueden pronunciarse sobre si quieren o no ser objeto de exhibición mediática, ni medir las consecuencias que esto tendrá para su vida futura, aumenta la necesidad de que las familias y las y los comunicadores tengan en cuenta, con el máximo esmero, estas circunstancias.

Buenos Aires, 5 de agosto de 2021

Descargar documento: http://www.consejoinfancia.gob.ar/wp-content/uploads/2021/08/Declaración-CONACAI-agosto-2021-1.pdf